Se Abre convocatoria y tú puedes ser el próximo Alcalde Local de Suba
29 de enero de 2020
Para tal fin La Alcaldía mayor de Bogotá, la Alcaldía Local de Suba y la Junta Administradora Local están invitando a todos los interesado s a que se postulen
participen en este proceso meritocrático.
En días pasados el Secretario de Gobierno, Luis Ernesto Gómez hace un perfil de los postulados, manifestando que busca ciudadanos con vocación de servicio
a sus comunidades, que conozca las necesidades de sus barrios y vecinos con capacidad para gerenciar recursos públicos, “No queremos alcaldes y alcaldesas
que despachen solo desde su escritorio sino desde la calle escuchando y resolviendo de manera oportuna los requerimientos de los ciudadanos que son nuestros
jefes. Buscamos que a través de un proceso meritocrático se elijan hombres y mujeres preparados y comprometidos con lo público. Dispuestos a dialogar y a
trabajar de la mano de las comunidades. Con cero tolerancia a la corrupción, dispuestos a construir sobre lo construido y conscientes de la enorme responsabilidad
de brindar soluciones concretas y acertadas”.
Es así como a partir del 31 de enero hasta el 2 de febrero del 2020, los interesados podrán inscribirse en las Juntas Administradoras Locales – JAL. Una vez
analizadas las hojas de vida y la documentación requerida por la Universidad Nacional, Entidad encargada de realizar el proceso, presentarán la prueba de
conocimientos, aptitudes y habilidades que se llevará a cabo el 16 de febrero.
Los aspirantes que aprueben el examen serán convocados a presentar su propuesta de visión estratégica para la localidad, en audiencia pública, ante las JAL.
Estas serán las encargadas de elegir las mejores iniciativas y presentar la terna, conformada mínimo por una mujer, ante la Secretaría Distrital de Gobierno.
La Alcaldesa Mayor de Bogotá, Claudia López, posterior a una entrevista decidirá finalmente al mejor candidato o candidata que represente los intereses de los
ciudadanos por una Bogotá participativa, transparente, incluyente y sostenible. Para mayor información consulte el portal www.gobiernobogotá.gov.co
¿Cómo será el proceso en la Localidad de Suba?
Cronograma
El cronograma se realizará de la siguiente manera y el responsable de la ejecución del mismos será la Junta Administradora Local.
PROCESO DE INTEGRACION DE TERNAS PARA ALCALDES LOCAL DE SUBA | |||
ACTIVIDAD | RESPONSABLE | FECHA | |
Invitación para participar se realzará | JAL Suba, IDPAC, Alcaldía Local | 24, 25, 26, 27 28 29 y 30 de enero. | |
Radicación documentación | Secretaria JAL Suba | 31 de enero 1 y 2 de febrero de 8:00 am a 5:00 pm. | |
Análisis de las hojas de vida y documentación anexa | JAL Suba, IES | 3, 4, y 5 de febrero. | |
Publicación de la lista de aspirantes inscritos | JAL Suba, IES | 6 de febrero. | |
Interposición de reclamaciones | JAL Suba, IES | 7, 8, 9, 10, y 11 de febrero. | |
| JAL Suba, IES | 12, 13 y 14 de febrero | |
Publicación de la lista de admitíos a examen | JAL Suba IES | 15 de febrero. | |
| IES | 16 de febrero | |
| IES | 17 de febrero. | |
nterposición de reclamaciones frente a la prueba | JAL Suba, IES | 18, 19, 20, 21 y 22 de febrero. | |
| JAL Suba, IES | 24, 25, y 26 de febrero | |
Publicación lista definitiva de aspirantes clasificados | JAL Suba | 27 de febrero | |
| JAL Suba | 17 al 28 de febrero. | |
Audiencias públicas define la Junta Administradora Local | JAL Suba | 29 de febrero. | |
Proceso deliberatorio e integración de la terna | JAL Suba | 1 a 8 de marzo. | |
Presentación de la terna a la Secretaria Distrital de Gobierno | JAL Suba | 9 de marzo | |
Documentación Requerida
Presentar en medio magnético y físico, en las JAL, los siguientes documentos:
Formato de inscripción debidamente diligenciado y firmado.
Formato de Hoja de Vida de Persona Natural, del Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública SIDEAP.
Fotocopia de la cédula de ciudadanía, legible y ampliada al 150%.
Declaración escrita del aspirante, que se entenderá presentada bajo la gravedad del juramento, de no encontrarse incurso (a) en ninguna de las causales
de inhabilidad de que trata el artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, ni de presentar antecedentes judiciales.
Prueba de vinculación de residencia o actividad industrial o comercial con la localidad.
Todos los soportes de estudios y experiencia deberán ser anexados con la documentación correspondiente.
Inhabilidades
En total son cinco las inhabilidades.
Los que hayan sido condenados a penas privativa de la libertad.
Los que hayas sido sancionados con pena de destitución de un cargo público.
Las personas que hayan perdido la investidura de miembro de una corporación de elección popular.
Dentro de los tres meses anteriores a la aspiración de la candidatura no haber celebrado ningún tipo de contratación con el distrito o hayan celebrado algún
tipo de contratación a nivel local.
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